Centro Español de Metrología
Jefe del Área de Operaciones I
Se entiende por cinemómetro cualquier instrumento destinado a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor. Pueden utilizar diferentes tecnologías: Doppler, láser, de cables piezoeléctricos…y diferentes tipologías: de tramo, instalados en aeronave, etc.
Los cinemómetros que se utilizan en el control de tráfico, están formados generalmente por una serie de elementos interconectados entre si como son: una antena, un sistema fotográfico y una unidad de control que gobierna todo el conjunto.
Los más extendidos son los cinemómetros de tecnología Doppler, generalmente llamados radares. Son instrumentos precisos que para su medición utilizan el principio Doppler. Este principio consiste en la emisión de una radiación en la banda de microondas por la antena del radar, que una vez que choca con un vehículo a medir se refleja y retorna parcialmente a la antena que la mide de nuevo y la compara con la emitida formando una señal resultante cuya frecuencia tiene la particularidad de ser proporcional a la velocidad del vehículo a medir, por el principio Doppler antes citado. De esta forma se obtiene el valor de la velocidad del objeto, en este caso vehículo que produce la reflexión.
Es evidente que en el proceso de medición, la antena esta recibiendo de forma permanente todas las señales de fuentes próximas, que podrían interferir en la señal que nos interesa (señales de radio, telefonía, navegación, otras antenas, reflexiones, señales moduladas, etc.), por ello y para evitar la medición de señales erróneas estos equipos van provistos de múltiples dispositivos y circuitos de protección tales como: filtros, amplificadores, dispositivos de discriminación de señales y de reconocimiento de señal, etc, que hacen que reconozcan e identifiquen “su” señal, eliminando o descartando todas las demás.
Todos los cinemómetros actualmente en servicio han sido probados y ensayados de acuerdo a las normativas establecidas; son equipos ampliamente utilizados en numerosos países de nuestro entorno.
Se puede asegurar por tanto que se trata de instrumentos de una alta fiabilidad para la medida de la velocidad de los vehículos a motor.
Para asegurar y garantizar nuestras mediciones, contamos con:
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- Reglamentación actual de acuerdo con el estado de la técnica. Desde el año 1994, se han publicado tres órdenes ministeriales que regulan el control metrológico de los cinemómetros para ir adaptando los contenidos técnicos a las nuevas tecnologías que van apareciendo en este campo.
- Medios humanos de gran experiencia
- Equipamiento adecuado, calibrado y mantenido
- Tratamiento de las incertidumbres (U), con severos criterios de aceptación, ymax + U ≤ EMP (errores máximos permitidos).
- Mantenimiento de un Sistema de Calidad según normas ISO
- Acreditación ENAC
Los EMP relativos a los cinemómetros vienen reflejados en las correspondientes órdenes de aplicación, siendo diferentes dependiendo del tipo de control metrológico y de la fecha de puesta en servicio del cinemómetro.
En el caso particular de que los EMP sean de ± 4 km/h, para v ≤ 100 km/h, y de ± 4 %, para v > 100 km/h, el tratamiento es el siguiente:
- Si la lectura del instrumento resulta menor o igual que 100 km/h se puede garantizar que la velocidad real del vehículo controlado es de, al menos, el valor de lectura obtenido menos 4 km/h.
- Si la lectura del instrumento resulta mayor que 100 km/h se puede garantizar que la velocidad real del vehículo controlado es de, al menos, el valor de lectura obtenido multiplicado por 0,96.
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